¡DACA se ha Ampliado!

El 20 de noviembre del 2014, el Presidente Obama anunció varios cambios importantes en el programa conocido como “DACA” (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia). Estos cambios expanden la elegibilidad para el programa. Si su solicitud es aprobada, se le concederá “acción diferida” por tres años, la cual significa que el gobierno no va a tomar medidas para su retiro de los Estados Unidos, y se le dará un permiso de trabajo. “DACA” no es la residencia permanente, ni es un camino hacia la residencia permanente, y no le da un permiso para viajar fuera de los Estados Unidos y luego volver a entrar.

¿Quién es elegible?

Bajo estas nuevas directrices, usted podrá ser elegible para DACA si usted:

  • Ingresó a Estados Unidos antes del 1 de enero del 2010 y ha vivido en los Estados Unidos continuamente desde entonces;
  • Entró los Estados Unidos antes de cumplir 16 años;
  • Estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio del 2012 Y está físicamente presente en los Estados Unidos en la fecha que usted solicita la DACA;
  • No tenía ningún estatus legal en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012;
  • Actualmente está en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de completar la escuela secundaria, ha obtenido un Certificado del Desarrollo de Educación General (GED), o ha recibido una baja honorable de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de Estados Unidos; y
  • No ha sido condenado por ciertos delitos o tiene cierta historia con inmigración.

Las personas que hayan sido condenadas por ciertos delitos, que han sido capturados en la frontera tratando de entrar ilegalmente a Estados Unidos, o que han tenido orden de expulsión (deportación) en 2014 no podrán ser elegibles. Si alguna vez ha tenido ALGÚN contacto con la policía o autoridades de inmigración, usted debe consultar con un abogado de Inmigración antes de presentar cualquier solicitud para DACA o cualquier otro beneficio de inmigración.

¿Cuándo puedo solicitar la DACA?

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) planeaba comenzar a aceptar solicitudes de DACA bajo las nuevas directrices el 18 de febrero del 2015 (para más información, haga clic aquí). Sin embargo, un juez de la corte federal ha dictado una medida cautelar, bloqueando al gobierno federal de implementar estos cambios. La orden judicial significa que USCIS no aceptará solicitudes de DACA bajo las nuevas directrices ampliadas. Las solicitudes podrían ser aceptadas en el futuro, siempre y cuando la medida cautelar sea anulada.

Tenga en cuenta que las personas que actualmente tienen DACA pueden renovar sus solicitudes, y si la solicitud es aprobada, será concedida una acción diferida durante tres años.

¿Qué debo hacer ahora?

Usted debe comenzar a reunir documentación para su caso. Esto incluirá pruebas de que usted ha estado viviendo en los Estados Unidos desde antes del enero de 2010, pruebas de que usted estuvo presente físicamente el 15 de junio del 2012, y pruebas de que está en la escuela o que tiene un diploma de escuela secundaria o un GED. Si usted tiene algún antecedente penal o de inmigración en los Estados Unidos, tendrá que consultar con un abogado de inmigración antes de presentar su solicitud.



Los abogados de inmigración están ofreciendo consultas para la Acción Diferida a bajo costo. Llame nuestra oficina al (206) 838-7628 para una cita y más información.


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