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Auto-Petición de la I-360 basado en Violencia Doméstica (VAWA)

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Generalmente, si usted está casado/a con un(a) ciudadano/o estadounidense o residente permanente legal  (o si usted es hijo/a de ciudadano/a estadounidense o residente permanente legal), su cónyuge (esposo/a), o padre puede aplicar para la Petición de Visa Inmigrante por usted, la cual sería el primer paso para obtener su residencia permanente legal o tarjeta verde (mica).  Sin embargo, que pasa si su cónyuge o padre está abusando de usted, y usted no puede depender de él/ella para aplicar por usted? En tal situación, puede que usted cualifique para lo que se conoce como la “Auto-Petición” para obtener estatus legal por su propia cuenta, sin depender de su cónyuge o padre abusivo/a.  Abajo verá algunas de las preguntas más comunes sobre este proceso:

¿Qué tipo de relaciones cualifican para la Auto-Petición?

Si usted está aplicando como un cónyuge abusado/a, usted deber estar legalmente casado/a con un(a) ciudadano/a estadounidense o residente permanente legal.   También usted puede aplicar para la Auto-Petición hasta 2 años después de su divorcio con su esposa/o.  Si usted está aplicando como hija/o abusada/o, usted debe ser hija/o de un(a) ciudadana/o estadounidense o residente permanente legal, y debe ser menor de 21 años de edad y no estar casado/a.  Sin embargo, puede ser que usted cualifique para aplicar hasta los 25 años de edad, si puedes demostrar que su abuso fue la “razón principal” de su atraso en aplicar.

¿Qué pasa si nunca estuve casada/o con mi compañero/a, pero tenemos hijos juntos?

 Solamente individuos que están, o han estado, legalmente casados (o pensaron que estuvieron casados pero su matrimonio fue inválido debido a bigamia) son elegibles para aplicar para la Auto-Petición.  Sin embargo, si usted fue víctima de abuso o de un crimen y usted reporto el crimen a la policía, puede que usted sea elegible para la visa U, la cual es un tipo de alivio para víctimas de crimen (vea nuestra previa posteada de blog sobre la visa U para más información).  Además, si usted salió de su país debido a ser víctima de violencia doméstica, puede ser que usted cualifique para asilo.

¿Cuáles son los otros requisitos?

Usted debe demostrar que su matrimonio fue de buena fé (si aplicas como cónyuge), que usted residió con su cónyuge o padre, que usted fue víctima de abuso (tanto como emocional como físico), y que usted es una persona de buen carácter moral.  Un(a) abogado/a de inmigración con experiencia le puede dar más información sobre los tipos de documentos que usted puede utilizar para cumplir con cada uno de estos requisitos. 

¿Puedo demostrar que soy una persona de buen carácter moral aún si tengo un record criminal?

Algunos crimines pueden descalificarlo/a de ser considerada/o una persona de buen carácter moral, mientras que otros puede que no tengan ningún problema.  Un(a) abogada/o con experiencia debería revisar todos su records criminales antes de aplicar para cualquier tipo de alivio. 

¿Puedo aplicar si entre sin una visa (indocumentado/a)?

Sí, en algunos casos.  Favor de consultar con un(a) abogado/a para ver si usted cualifica.

¿Si mi Auto-Petición es aprobada, cuando puedo aplicar para la tarjeta verde (mica)?

Si usted es cónyuge o hijo/a de un(a) ciudadana/o estadounidense, puedes aplicar para la residencia permanente legal tan pronto su Auto-Petición sea aprobada, asumiendo que eres elegible.  Si usted es cónyuge o hija/o de un residente permanente legal, usted será asignado una “fecha de prioridad,” y será elegible para aplicar tan pronto llegue el día de esta “fecha de prioridad.”  El Departamento del Estado publica un Boletín de Visa cada mes, mostrando las fechas de prioridad que están corriente para cada país.  Antes de someter la aplicación para su tarjeta verde, usted debería consultar con un(a) abogado/a de inmigración para asegurarse que usted es elegible. 

Lesley Irizarry-Hougan

Lesley has been practicing law since July, 2005. She has significant experience in representing clients in Immigration Court, both detained and non-detained cases; appeals from immigration judge decisions, both at the Ninth Circuit Court of Appeals; and the Board of Immigration Appeals. Lesley is actively involved in her community, regularly volunteering at the Latina/o Bar Association Legal Clinic and the King County Bar Association Neighborhood Legal Clinic. Lesley Irizarry-Hougan ha estado practicando exclusivamente leyes de inmigración desde Julio del 2005. Ella tiene experiencia significante representando clientes en la Corte de Inmigración; apelando las decisiones del juez de inmigración, ambos a la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito y la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Oeste de Washington. Lesley también se especializa en aplicaciones afirmativas, incluyendo aplicaciones para la tarjeta verde (Mica), asilo, NACARA, y aplicaciones de ciudadanía archivado en los Estados Unidos y Servicios de Inmigración. Lesley también hace certificaciones de trabajo, incluyendo aplicaciones de cocineros especializados. Ella habla español nativo.

L.I.H. Law, P.S., Immigration Lawyer, Seattle, WA